lunes, 31 de octubre de 2016

DE LAS INDULGENCIAS (Catecismo Mayor de San Pío X)




796) ¿Qué son las indulgencias?

— Las indulgencias son la remisión de la pena temporal debida por nuestros pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, remisión que otorga la Iglesia fuera del sacramento de la Penitencia.

797) ¿De quién ha recibido la Iglesia la facultad de conceder indulgencias?

— La Iglesia ha recibido de Jesucristo la facultad de conceder indulgencias.

798) ¿De qué manera la Iglesia nos perdona la pena temporal por medio de las indulgencias?

— La Iglesia nos perdona la pena temporal por medio de las indulgencias, aplicándonos las satisfacciones sobreabundantes de Jesucristo, de María Santísima y de los Santos, las cuales forman lo que se llama el tesoro de la Iglesia.

799) ¿Quién tiene el poder de conceder indulgencias?

— El poder de conceder indulgencias lo tiene únicamente el Papa en toda la Iglesia y el Obispo en su diócesis, según la facultad que el Papa le otorgare.

800) ¿De cuántas especies son las indulgencias?

— Las indulgencias son de dos especies: plenaria y parcial.

801) ¿Qué es indulgencia plenaria?

— Indulgencia plenaria es la que perdona toda la pena temporal debida por los pecados. Por esto, si uno muriese después de ganarla, iría derecho al cielo, sin pasar por el purgatorio.

802) ¿Qué es indulgencia parcial?

— Indulgencia parcial es la que perdona solamente una parte de la pena temporal debida por los pecados.

803) ¿Qué pretende la Iglesia al conceder indulgencias?

— Al conceder indulgencias la Iglesia pretende ayudar la incapacidad que tenemos de expiar en este mundo toda la pena temporal, haciendo que consigamos, por medio de obras de piedad y caridad cristiana, lo que en los primeros siglos procuraba con el rigor de los cánones penitenciales.

804) ¿Qué se entiende por indulgencias de cien días, de siete años, y otras semejantes?

— Por indulgencia de cien días, de siete años, etc., se entiende la remisión de tanta pena temporal cuanta se descontaría con cien días o con siete años de la penitencia antiguamente establecida por la Iglesia.

805) ¿Qué caso hemos de hacer de las indulgencias?

— Grandísimo caso hemos de hacer de las indulgencias, porque con ellas satisfacemos a la justicia de Dios y más presto y fácilmente alcanzamos la posesión del cielo.

806) ¿Qué se requiere para ganar las indulgencias?

— Para ganar las indulgencias se requiere:

1°) estado de gracia (al menos en la última obra que se cumple) y pureza aun de las culpas veniales cuya pena queremos se nos perdone;

2°) cumplimiento de las obras prescritas;

3°) intención de ganarlas;

4°) ser súbdito del que las concede.

807) ¿Pueden aplicarse también las indulgencias a las almas del purgatorio?

— Sí; las indulgencias pueden aplicarse también a las almas del purgatorio, siempre que lo declare quien las otorga.

808) ¿Qué es el Jubileo?


— El Jubileo, que ordinariamente se concede cada veinticinco años, es una indulgencia plenaria con muchos privilegios y concesiones particulares, como la absolución de algunos pecados reservados y de las censuras, y la conmutación de algunos votos.

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