Mostrando las entradas con la etiqueta Catecismo. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Catecismo. Mostrar todas las entradas

sábado, 18 de noviembre de 2017

Conoce Usted perfectamente el derecho. Pero ¿sabe Usted también el Catecismo? Un rasgo de García Moreno.




   El presidente del Ecuador, deseoso de formar una buena magistratura, asistía personalmente a los exámenes de la facultad de Derecho y dirigía preguntas a los discípulos.

   Un día cierto aspirante al doctorado contestó a los examinadores de la manera más satisfactoria.

   —“Conoce Usted, perfectamente el Derecho—le dijo García Moreno;— pero ¿sabe Usted, también el Catecismo? Un magistrado debe conocer ante todo la ley de Dios para administrar justicia.”

      Y preguntó en este sentido al examinando, que se quedó mudo.


   —Caballero—le dijo gravemente el mártir del Ecuadorsois doctor; pero no ejerceréis vuestra profesión hasta que hayáis aprendido la Doctrina cristiana. Id unos cuantos días al convento de Franciscanos para aprenderla.

martes, 28 de febrero de 2017

DE LA CUARESMA (Catecismo Mayor de San Pío X)




¿Qué es la CUARESMA?
—La Cuaresma es un tiempo de ayuno y penitencia instituido por la Iglesia por tradición apostólica.

¿Con qué fin ha sido instituida la Cuaresma?
—La Cuaresma ha sido instituida:
1) para darnos a entender la obligación que tenemos de hacer penitencia todo el tiempo de nuestra vida, de la cual, según los Santos Padres, es figura la Cuaresma;
2) para imitar en alguna manera el riguroso ayuno de cuarenta días que Jesucristo practicó en el desierto;
3) para prepararnos con la penitencia para celebrar santamente la Pascua.

¿Por qué el primer día de Cuaresma se llama día de CENIZA?
— El primer día de Cuaresma se llama día de Ceniza porque en este día pone la Iglesia sobre la cabeza de los fieles la sagrada Ceniza.

¿Por qué la Iglesia impone la sagrada Ceniza al principio de la Cuaresma?
—La Iglesia, al principio de la Cuaresma, acostumbra poner la sagrada Ceniza para recordarnos que estamos compuestos de polvo y que al polvo hemos de reducirnos con la muerte, y así nos humillemos y hagamos penitencia por nuestros pecados, mientras tenemos tiempo.

¿Con qué disposiciones hemos de recibir la sagrada Ceniza?
—Hemos de recibir la sagrada Ceniza con un corazón contrito y humillado, y con la santa resolución de pasar la Cuaresma en obras de penitencia.

¿Qué hemos de hacer para pasar bien la Cuaresma según la mente de la Iglesia?
—Para pasar bien la Cuaresma según la mente de la Iglesia hemos de hacer cuatro cosas:

1) guardar exactamente el ayuno y la abstinencia, y mortificarnos no sólo en las cosas ilícitas y peligrosas, sino también en cuanto podamos en las lícitas, como sería moderándonos en las recreaciones;
2) darnos a la oración y hacer limosnas y otras obras de cristiana piedad con el prójimo más que de ordinario;
3) oír la palabra de Dios, no ya por costumbre o curiosidad, sino con deseo de poner en práctica las verdades que se oyen;
4) andar con solicitud en prepararnos a la confesión para hacer más meritorio el ayuno y disponernos mejor a la Comunión pascual.

¿En qué consisten el ayuno y la abstinencia?
—El ayuno consiste en no hacer más que una sola comida al día, y la abstinencia en no tomar carne ni caldo de carne.

¿Se prohíbe todo otro alimento los días de ayuno, fuera de la única comida?
—Los días de ayuno, la Iglesia permite un ligero alimento a la noche, o hacia el mediodía si la comida única se traslada a la tarde, y además la parvedad por la mañana.

¿Quiénes están obligados al ayuno y a la abstinencia?
—Al ayuno están obligados todos los que sean mayores de edad, hasta que hayan cumplido sesenta años y no estén legítimamente impedidos, y a la abstinencia los que han cumplido catorce años y tienen uso de razón.

¿Están exentos de toda mortificación los que no están obligados al ayuno?
—Los que no están obligados al ayuno no están exentos de toda mortificación, porque ninguno está dispensado de la obligación general de hacer penitencia, y así deben los tales mortificarse en otras cosas según sus fuerzas.



domingo, 27 de noviembre de 2016

DEL ADVIENTO –– Catecismo Mayor de San Pío X




1) ¿Por qué se llaman Adviento las cuatro semanas que preceden a la fiesta de Navidad?

— Las cuatro semanas que preceden a la fiesta de Navidad se llaman Adviento, que quiere decir advenimiento o venida, porque en este tiempo la Iglesia se dispone a celebrar dignamente la memoria de la primera venida de Jesucristo a este mundo con su nacimiento temporal.

2) ¿Qué propone la Santa Iglesia a nuestra consideración en el Adviento?

— La Santa Iglesia en el Adviento propone a nuestra consideración cuatro cosas:

a) las promesas que Dios había hecho de enviar al Mesías para nuestra salvación;

b) los deseos de los antiguos Padres que suspiraban por su venida;

c) la predicación de San Juan Bautista, que preparaba al pueblo para recibirlo exhortando a penitencia;

d) la última venida de Jesucristo en gloria a juzgar a vivos y muertos.

3) ¿Qué hemos de hacer en el Adviento para conformarnos con las intenciones de la Iglesia?

— Para conformarnos con las intenciones de la Iglesia en el Adviento hemos de hacer cinco cosas:

a) meditar con viva fe y con ardiente amor el gran beneficio de la Encarnación del Hijo de Dios;

b) reconocer nuestra miseria y la suma necesidad que tenemos de Jesucristo;

c) suplicarle venga a nacer y crecer espiritualmente en nosotros con su gracia;

d) prepararle el camino con obras de penitencia, especialmente frecuentando  los Santos Sacramentos;


e) pensar a menudo en su última espantosa venida, y a la vista de ella ajustar a su vida santísima la nuestra, a fin de tener parte en su gloria.

lunes, 31 de octubre de 2016

DE LAS INDULGENCIAS (Catecismo Mayor de San Pío X)




796) ¿Qué son las indulgencias?

— Las indulgencias son la remisión de la pena temporal debida por nuestros pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, remisión que otorga la Iglesia fuera del sacramento de la Penitencia.

797) ¿De quién ha recibido la Iglesia la facultad de conceder indulgencias?

— La Iglesia ha recibido de Jesucristo la facultad de conceder indulgencias.

798) ¿De qué manera la Iglesia nos perdona la pena temporal por medio de las indulgencias?

— La Iglesia nos perdona la pena temporal por medio de las indulgencias, aplicándonos las satisfacciones sobreabundantes de Jesucristo, de María Santísima y de los Santos, las cuales forman lo que se llama el tesoro de la Iglesia.

799) ¿Quién tiene el poder de conceder indulgencias?

— El poder de conceder indulgencias lo tiene únicamente el Papa en toda la Iglesia y el Obispo en su diócesis, según la facultad que el Papa le otorgare.

800) ¿De cuántas especies son las indulgencias?

— Las indulgencias son de dos especies: plenaria y parcial.

801) ¿Qué es indulgencia plenaria?

— Indulgencia plenaria es la que perdona toda la pena temporal debida por los pecados. Por esto, si uno muriese después de ganarla, iría derecho al cielo, sin pasar por el purgatorio.

802) ¿Qué es indulgencia parcial?

— Indulgencia parcial es la que perdona solamente una parte de la pena temporal debida por los pecados.

803) ¿Qué pretende la Iglesia al conceder indulgencias?

— Al conceder indulgencias la Iglesia pretende ayudar la incapacidad que tenemos de expiar en este mundo toda la pena temporal, haciendo que consigamos, por medio de obras de piedad y caridad cristiana, lo que en los primeros siglos procuraba con el rigor de los cánones penitenciales.

804) ¿Qué se entiende por indulgencias de cien días, de siete años, y otras semejantes?

— Por indulgencia de cien días, de siete años, etc., se entiende la remisión de tanta pena temporal cuanta se descontaría con cien días o con siete años de la penitencia antiguamente establecida por la Iglesia.

805) ¿Qué caso hemos de hacer de las indulgencias?

— Grandísimo caso hemos de hacer de las indulgencias, porque con ellas satisfacemos a la justicia de Dios y más presto y fácilmente alcanzamos la posesión del cielo.

806) ¿Qué se requiere para ganar las indulgencias?

— Para ganar las indulgencias se requiere:

1°) estado de gracia (al menos en la última obra que se cumple) y pureza aun de las culpas veniales cuya pena queremos se nos perdone;

2°) cumplimiento de las obras prescritas;

3°) intención de ganarlas;

4°) ser súbdito del que las concede.

807) ¿Pueden aplicarse también las indulgencias a las almas del purgatorio?

— Sí; las indulgencias pueden aplicarse también a las almas del purgatorio, siempre que lo declare quien las otorga.

808) ¿Qué es el Jubileo?


— El Jubileo, que ordinariamente se concede cada veinticinco años, es una indulgencia plenaria con muchos privilegios y concesiones particulares, como la absolución de algunos pecados reservados y de las censuras, y la conmutación de algunos votos.