ACLARACIÓN: Esta parte del libro se rige por el CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO DE 1917.
Discípulo. —Padre: Dígame aún algo sobre el
ayuno prescrito antes de recibir la Sagrada Comunión.
Maestro.
—El que se acerca a recibir la Sagrada Comunión sabiendo que no está en ayunas,
comete siempre sacrilegio, si no hay razones especiales de enfermedad o la
debida dispensa.
D. — ¿Y
cuáles serían estos motivos especiales de enfermedad?
M.
—Escucha con atención, y procura
entenderlo bien. La Iglesia permite comulgar sin estar en ayunas a los
moribundos y a los enfermos graves, a los cuales se les administra la Comunión
como Viático. Permite comulgar por devoción dos veces a la semana a los que,
sin estar graves, llevan más de un mes enfermos sin esperanza de un pronto restablecimiento.
Estos, si les es difícil estar en ayunas, pueden, antes de comulgar, tomar
algún líquido, como café, leche, medicinas liquidas, huevos batidos, caldo,
etc.
D. —Padre, ¿no habrá abusos en esto?
M.
— ¡Ya lo creo! ¡Hecha la ley, dice el
proverbio, hecha la trampa! El engaño en esto lo sufren los mismos
enfermos, los parientes y, con frecuencia, los sacerdotes y los confesores.
Pero la trampa es siempre trampa, y por tanto una mala acción. La piedad falsa,
que conduce a la desobediencia de la Iglesia, no agrada nunca a Dios.
D. — ¿Y
de los que tienen dispensa?
M.
—Estos, que son reducidos, muy pocos, pues la Iglesia en esto es rigurosa y
procede con pies de plomo al conceder estas dispensas, deben atenerse
estrictamente al tenor de la suya, ni extenderla ni interrumpirla según su
capricho, sino entenderse con el confesor, quien se supone sabrá interpretar
las normas de la Iglesia antes que condescender a los caprichos de los
individuos.
D. —Y si alguno se encuentra en las mismas
circunstancias y condiciones de otros que han obtenido la dispensa y con los
mismos motivos señalados en ella, ¿podría,
según su criterio, creerse dispensado del ayuno e ir a comulgar en este estado?
M.
—Por buen criterio que tenga, debe sujetarse a lo que la Iglesia dispone, sin
servirse por sí mismo de permisos no pedidos o todavía no concedidos. El que
así obrara cometería sacrilegio cada vez que comulgara.
D. — ¿No
podría el confesor autorizarle en determinados casos?
M
—De ninguna manera. El confesor nunca puede dar estos permisos. El que no puede
estar en ayunas, y desee comulgar después de tomar alguna cosa a manera de
bebidas o como medicina, necesita el permiso del Obispo, quien lo concederá
según la mente de la Santa Sede. El confesor procederá muy mal interviniendo
directamente en este asunto, ni siquiera so pretexto de piedad hacia la
Comunión; mas haría bien, si él mismo acude al Obispo para obtener el permiso.
D. — ¿Y
no podría él mismo dar el permiso?
M.
— De ninguna manera: me consta que algunos, por demasiada ignorancia o por
presunción creen saber más que la Iglesia, y ellos mismos hacen la ley; pero
proceden mal, y Dios no es posible apruebe su proceder.
D. — ¿Y
cómo es que Jesucristo, cuando instituyó la Santísima Eucaristía, distribuyó la
Comunión a los apóstoles sin estar en ayunas? Sabemos que la Iglesia así lo
practicó en el transcurso de muchos años, haciendo que los niños consumieran
las Sagradas Especies sin hallarse en ayunas.
M.
—Es cierto lo que dices; pero más tarde, al originarse los abusos y los
inconvenientes, la Iglesia misma, que obra siempre por inspiración de Dios, ha
creído oportuno, o mejor, se ha visto precisada a establecer el ayuno total
(esto es, natural) para todo el que desee comulgar, por lo que nosotros debemos
sujetarnos y obedecer. El que obedece al Papa, o sea, a la Iglesia, obedece a
Dios; el que escucha y obedece a la Iglesia, escucha y obedece a Dios; el que
no procede así, no está con Dios.
Oí
de labios de un celoso misionero que un compañero suyo de Misión, conmovido por
las instancias de una penitente suya, le permitía comulgar alguna vez sin estar
en ayunas. Lo llegó a saber el Obispo, e inmediatamente le suspendió de
confesar por tres meses, amenazándole que le suspendería hasta de la Misa si
volvía a repetir semejante permiso. Date, pues, cuenta de que hasta los
Obispos, que representan a la Iglesia, no se doblegan en esta materia.
D. ––La última pregunta, Padre. ¿No puede suceder que
algunas personas, sobre todo mujeres, sean capaces de comulgar dos o más veces
el mismo día, llevadas de una piedad mal entendida?
M.
—Ya lo creo que puede suceder.
Un
santo prelado solía decir que las mujeres a veces están hechas como los cuernos
de los bueyes: duros, torcidos y huecos. Duras, esto es, cerradas; torcidas, en
cuanto a su instrucción, las más de las veces deficiente; y huecas de sentido
común. Esto supuesto, nada extraña que alguna de ellas repita la Sagrada
Comunión una o dos veces el mismo día; lo que resulta un desorden muy grave.
D. —Luego ¿no se permite comulgar dos veces el mismo día?
M.
—No, porque después de la Comunión, que
es verdadera comida, se quebranta ya el ayuno. Únicamente en el caso de que,
habiendo comulgado por la mañana, sobrevenga un peligro de muerte durante el
día. En este caso se puede volver a comulgar como Viático.
Pbro.
Luis José Chiavarino
COMULGAD
BIEN
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Nota: sólo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.